Por Fernanda Martínez, FEDEP
31/03/2021
La situación sanitaria por coronavirus ha impactado de manera importante el mundo laboral y educativo. Recientemente se aprobó la reforma que otorga ciertos beneficios a los colaboradores remotos y algunas obligaciones para los patrones; sin embargo, esta modificación no puede ser considerada para todas las empresas y una de las razones es que el home office se desempeña debido a la contingencia y no por decisión patronal. Ante esto, la FEDEP te explica cómo funciona esta reforma laboral para los colegios particulares.
¿Por qué la reforma no debe ser considerada por los colegios particulares?
Si bien es innegable que los colegios se encuentran trabajando de manera remota, los especialistas de FEDEP aseguran que “en el sentido de que la reforma en cuestión no implica un cambio en la modalidad en que los empleados de los colegios trabajan, el régimen de obligaciones y derechos no ha sido modificado y no es necesario llevar a cabo alguna acción en dicho sentido.”
Y es que esta reforma ha causado diversas opiniones, ya que entró en vigor en un momento en el que el teletrabajo no es una opción, sino una necesidad. Además, dada la urgencia con la que se tuvo que implementar, tanto escuelas como empresas tuvieron que invertir grandes recursos y tiempo para organizar el trabajo que antes se realizaba de manera presencial y resulta poco realista esperar que una actividad que siempre se ha realizado de manera presencial, cambie de modalidad tan rápido y con tantas condiciones.
Entre los puntos clave que ayudan a determinar el por qué no es aplicable esta reforma a las escuelas privadas, destacan:
- Ningún contrato laboral con colegios privados se realizó bajo modalidad de “teletrabajo”.
- El cambio debe ser voluntario, no obligatorio.
- Los maestros podrán volver cuando sea permitido.
- El COVID-19 no representa una “causa de fuerza mayor” válida que permita asumir el cambio de régimen.
- No se considera teletrabajo a aquellas actividades ocasionales o esporádicas, como es el caso actual debido a su “temporalidad” relacionada con el semáforo epidemiológico.
Teniendo esto en cuenta, los colegios privados no deberían ser tomados en cuenta para la aplicación y sanción de esta llamada “Nueva Ley de Teletrabajo”.
FEDEP tu mejor aliado en asesoría legal
En FEDEP nuestro compromiso es asegurar el bienestar de los colegios privados en México para que puedan desempeñar sus labores de manera óptima. Así, ofrecemos el mejor servicio de asesoría legal que protege los intereses de los colegios. Ponte en contacto con nosotros, conoce más y afíliate.